Usualmente son tres los instrumentos:
- Reserva de Compra
- Boleto de Compra Venta
- Escritura traslativa de dominio
La reserva simplemente es una oferta que el oferente realiza por la propiedad en cuestión depositando una suma de dinero, y que en tanto no sea aceptada por la parte vendedora, la operación no estará cerrada. Una vez aceptada la reserva Normalmente con la firma del Boleto de Compra Venta, dentro del plazo de los días que figuran en la misma reserva.
Si bien la operación se perfecciona con la firma de la escritura y la entrega de la posesión del inmueble, se considera al Boleto como un verdadero contrato de compra venta en el que se establece la obligación de escriturar.
El siguiente paso es la firma de un boleto de compraventa en el cual se establecen las condiciones de venta, precios, plazos, entrega de posesión, penalidades por incumplimiento, fecha de escrituración, escribano interviniente.
Gran parte de las ellas estarán luego contenidas en la escritura.
De acuerdo a lo convenido, se otorgará la escritura de compraventa por medio de la cual se perfecciona la operación.